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Nuevo decreto fija restricciones del 11 al 31 de enero.

Escrito por el 11/01/2021

Por Decreto N° 4705, el Poder Ejecutivo establece nuevas medidas sanitarias en todo el país, en el marco de la pandemia por COVID-19. Con la firma, las disposiciones estarán vigentes desde el 11 hasta el 31 de enero del 2021.

La Dirección General recomienda aplicar medidas restrictivas que reduzcan el riesgo de diseminación de la epidemia y minimicen el impacto en la población de riesgo en coordinación con los demás sectores de la sociedad, principalmente las autoridades municipales y fuerzas de seguridad.

Se mantiene vigente la posibilidad de desplazamiento entre las 5:00 hasta las 23:59 horas.

En el caso de los locales gastronómicos podrán operar desde 5:00 a 23:59 horas con agendamiento previo, reserva de mesas, y con registro individualizado de las personas atendidas.

La bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 22:00 a 5:00, excepto en locales gastronómicos.

Playas y balnearios se habilitan a partir del 16 de enero, según situación epidemiológica de cada región.

Deportes amateur: hasta 7 jugadores por equipo, con protocolo establecido. Sin menores de 18 ni mayores de 65. Todos los comercios deberán operar bajo el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios.


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